Trabajadores del sector privado disfrutarán de gratificación total este julio

Trabajadores del sector privado disfrutarán de gratificación total este julio
Los empleados del sector privado independientemente del tipo de contrato laboral que tenga, ya sea indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial, recibirán el pago de la gratificación de julio. 

El anuncio lo dio a conocer la Cámara de Comercio de Lima (CCL), quien, además, en su vocero, Álvaro Gálvez, Gerente del Centro Legal de la CCL, recordó que el 15 de julio vence el mes para que los empleadores depositen lo correspondiente a la gratificación.

¿Qué son las gratificaciones?

La gratificación es un beneficio laboral establecido en la legislación peruana y regido por la Ley N° 27735, también conocida como la "Ley de Gratificaciones”. La gratificación de julio es un derecho irrenunciable para los trabajadores y su incumplimiento por parte del empleado puede llevar a sanciones y multas.

Las multas van desde S/544,5 hasta S/129.292, todo depende del régimen laboral de la empresa. Al momento de determinar el importe de la sanción, se tiene en cuenta tanto el tamaño de la empresa como el número de empleados afectados, utilizando como referencia la UIT que para este 2023 se ubica en S/4.950.

La escala de las multas laborales se divide en tres categorías: microempresas, pequeñas empresas y medianas/grandes empresas (no Mype).

A fin de evitar sanciones excesivas que puedan tener un impacto negativo en las empresas de menor tamaño, las multas a microempresas y pequeñas empresas registradas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), no podrán exceder el 1% de los ingresos netos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior a la emisión de la orden de inspección.

Lo que debes saber sobre la gratificación

Es una suma adicional que se paga a los empleados una vez al año en el  mes de julio o diciembre.
El monto de la gratificación puede variar y suele calcularse en base al sueldo mensual del trabajador. Puede incluir bonificaciones, comisiones u otros componentes del salario.
No están sujetas a impuestos ni aportes a la seguridad social, lo que significa que se entrega en su totalidad al trabajador.
Pueden aplicarse retenciones por deudas judiciales o por concepto de pensiones alimentarias, en caso de existir.
A los afiliados de EsSalud les corresponde un bono adicional del 9%.
A los afiliados a una EPS la bonificación extra será del 6,75%.
Los empleados contratados por pequeñas empresas después de que ésta se inscribiera en el Remype, recibirán medio sueldo cuando son pequeña empresa.
Los trabajadores de microempresas que fueron contratados antes de que esta se registrara en el Remype recibirán un sueldo.
Trabajadores de microempresas contratados después de que ésta se inscribiera en el Remype y también independientes, que no están sujetos a subordinación laboral con la empresa, no gozarán del derecho de la gratificación.

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