¿Cómo cobrar el Seguro Vida Ley?

¿Cómo cobrar el Seguro Vida Ley?
El Seguro Vida Ley es un respaldo económico temporal que obtienen los familiares cuando fallece el trabajador ya sea por muerte natural, accidental o invalidez permanente total. Este seguro da protección las 24 horas del día y es obligatorio.

Paso a paso para solicitar la indemnización

Cuando ocurre el suceso, el beneficiario debe dirigirse al centro de labores del familiar para obtener el nombre de la compañía de seguros que contrató la empresa.

El empleador tiene la obligación de presentar a la Compañía de Seguros la Declaración Jurada de Beneficiarios que tiene la firma legalizada del trabajador fallecido. Por su parte, el beneficiario debe presentar la siguiente documentación:

Declaración Jurada de beneficiarios.
Acta de defunción y documento de identidad del trabajador.
Partida de matrimonio o resolución judicial que declara la unión de hecho (si es el caso), o partidas de nacimiento, documentos de identidad, según corresponda.

Una vez entregada toda la documentación que requiere la compañía de seguros, se tiene un plazo de 72 horas a partir de la documentación recibida. Si transcurres ese plazo, la aseguradora está obligada al pago de intereses.

¿Qué pasa si el empleador no contrata el Seguro Vida Ley?

No contratar el Seguro Vida Ley, no mantenerlo vigente o no hacer el pago oportuno es considerado una infracción grave y genera multas por cada trabajador afectado. Esta multa la establece el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

En caso de que el trabajador fallezca por muerte natural, accidental o quede inválido en forma total o permanente como consecuencia de un accidente, la empresa debe asumir el pago de las indemnizaciones.

Las empresas en Perú que ofrecen el Seguro Vida Ley son: Rímac, Pacífico, Mapfre Perú Vida, Chubb, Crecer, Interseguro, la positiva Vida, Protecta Security.

El Seguro Vida Ley no cubre el fallecimiento que se produce como consecuencia de un suicidio.
Antecedentes

Antes del 2019 este seguro solo era obligatorio a partir del cuarto año de labores en una misma empresa. Desde el 2019, el Gobierno Central estableció que todas las empresas deben contratar un Seguro Vida Ley a sus trabajadores desde el primer día de la relación laboral.

Un dato importante es que las Pymes también deben pagar el Seguro Vida Ley. Independientemente del régimen laboral y modalidad contractual a la cual están sujetos los trabajadores, todos los trabajadores ser sector privado tienen derecho a este beneficio.
Este beneficio solo aplica para los trabajadores que están en planilla y no para los trabajadores independientes.


En C Gestiona te garantizamos atención personalizada integral y digitalizada en outsourcing contable,laboral y tributario. Somos un grupo de expertos en asesoría contable, financiera y legal ubicados en Centro Comercial Plaza San Miguel, 5to. Piso Av. La Marina 2000 - OPEN PUCP dispuestos a brindarte la atención que necesitas. Contáctanos al 934 483 265 o escríbenos para más información a contacto@cgestiona.com.