¿En qué consiste la Cobertura Especial por Desempleo de EsSalud?
La Cobertura Especial por Desempleo de EsSalud es aquella que permite al asegurado regular, tener acceso a servicios médicos hasta por un período de 12 meses, pese a estar desempleado. Las condiciones para acceder a este tipo de cobertura es haber estado asegurado en el Seguro Regular + Seguro y estar en situación de desempleo.
¿Cómo activar la Cobertura Especial por Desempleo?
● DNI del titular.
● Formulario N°1010
● Certificado de trabajo o liquidación.
● Original y copia de la solicitud para Derecho de Cobertura por Desempleo.
¿Qué es la latencia?
La latencia es el tiempo en el que el asegurado puede acceder a los servicios médicos a pesar de estar desempleado. Este período depende del número de aporte que haya realizado el empleador dentro de los 3 últimos años antes de la fecha de cese. La latencia se genera de forma automática cuando el empleador declara el fin del vínculo laboral a través del T-Registro.
El tiempo de latencia de acuerdo a los meses de aporte queda así:
● Entre 5 a 9 meses de aportes: 2 meses de latencia.
● Entre 10 a 14 meses de aportes: 4 meses de latencia.
● Entre 15 a 19 meses de aportes: 6 meses de latencia.
● Entre 20 a 24 meses de aportes: 8 meses de latencia.
● Entre 25 a 29 meses de aportes: 10 meses de latencia.
● Entre 30 a 36 meses de aportes: 12 meses de latencia.
Pasos para hacer uso de la Cobertura Especial por Desempleo
1. Verifica que cumplas con las condiciones y requisitos y completa los formularios.
2. Dirígete a las Oficinas de Aseguramiento con tu DNI u otro Documento de Identidad, Formulario N°1010, certificado de trabajo o liquidación y la solicitud para el Derecho de Cobertura por Desempleo.
3. Cumplidos los dos pasos previos, el organismo verificará tus datos y si todo está en orden, se te entregará una carta de latencia donde se detalla el período en el que estarás cubierto.
¿Qué es el Seguro Regular + Seguro de EsSalud?
Todos los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o que figuren como socios de cooperativas de trabajadores, tienen derecho a estar afiliados a este seguro. También abarca a los pensionistas que reciben pensión de jubilación, de incapacidad o de sobrevivencia.
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