¿En qué consiste la Cobertura Especial por Desempleo de EsSalud?

¿En qué consiste la Cobertura Especial por Desempleo de EsSalud?
La Cobertura Especial por Desempleo de EsSalud es aquella que permite al asegurado regular, tener acceso a servicios médicos hasta por un período de 12 meses, pese a estar desempleado. Las condiciones para acceder a este tipo de cobertura es haber estado asegurado en el Seguro Regular + Seguro y estar en situación de desempleo.

¿Cómo activar la Cobertura Especial por Desempleo?

DNI del titular.
Formulario N°1010
Certificado de trabajo o liquidación.
Original y copia de la solicitud para Derecho de Cobertura por Desempleo.

¿Qué es la latencia?

La latencia es el tiempo en el que el asegurado puede acceder a los servicios médicos a pesar de estar desempleado. Este período depende del número de aporte que haya realizado el empleador dentro de los 3 últimos años antes de la fecha de cese. La latencia se genera de forma automática cuando el empleador declara el fin del vínculo laboral a través del T-Registro.
El tiempo de latencia de acuerdo a los meses de aporte queda así:

Entre 5 a 9 meses de aportes: 2 meses de latencia.
Entre 10 a 14 meses de aportes: 4 meses de latencia.
Entre 15 a 19 meses de aportes: 6 meses de latencia.
Entre 20 a 24 meses de aportes: 8 meses de latencia.
Entre 25 a 29 meses de aportes: 10 meses de latencia.
Entre 30 a 36 meses de aportes: 12 meses de latencia.

Pasos para hacer uso de la Cobertura Especial por Desempleo

1. Verifica que cumplas con las condiciones y requisitos y completa los formularios.
2. Dirígete a las Oficinas de Aseguramiento con tu DNI u otro Documento de Identidad, Formulario N°1010, certificado de trabajo o liquidación y la solicitud para el Derecho de Cobertura por Desempleo.
3. Cumplidos los dos pasos previos, el organismo verificará tus datos y si todo está en orden, se te entregará una carta de latencia donde se detalla el período en el que estarás cubierto.

¿Qué es el Seguro Regular + Seguro de EsSalud?

Todos los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o que figuren como socios de cooperativas de trabajadores, tienen derecho a estar afiliados a este seguro. También abarca a los pensionistas que reciben pensión de jubilación, de incapacidad o de sobrevivencia.


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