Sunafil aprueba protocolo para Suspensión Perfecta de Labores: ¿en qué consiste?
La
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó el
protocolo de verificación que llevará a cabo para fiscalizar a las empresas que
en el marco del estado de emergencia han solicitado la suspensión perfecta de
labores.
La
suspensión perfecta de labores está contenida en el Decreto
de Urgencia N° 038-2020 que contempla las medidas complementarias que lleva
a cabo el Gobierno para amortiguar los efectos económicos que sufren los
trabajadores y empleadores ante la crisis sanitaria originada por el COVID-19.
La
suspensión perfecta de labores es una medida excepcional a la que pueden
acogerse las pymes, medianas y grandes empresas en el marco de la emergencia
nacional y que contempla el cese temporal de las actividades del trabajador
respecto a la obligación de su prestación de servicios y del empleador de tener
que pagar remuneración, sin que esto signifique la desvinculación laboral.
Protocolo
de Sunafil
Mediante
el Decreto Supremo N° 011-2020-TR se establece el protocolo de actuación de
Sunafil para verificar la información suministrada por las empresas que hayan
iniciado la solicitud de suspensión perfecta de labores.
De
acuerdo al plan de prevención donde desde un principio se busca limitar en gran
medida el contacto físico y directo con las personas, a fin de evitar el
contagio de coronavirus, la norma establece que la verificación será virtual.
Para ello se utilizarán los siguientes canales:
·
Casilla electrónica.
·
Llamadas telefónicas.
·
Correos electrónicos.
·
Mensajes de texto.
·
Whatsapp.
·
Videoconferencias.
Solo
en el caso de que el personal de inspección lo considere y así lo requiera,
podrá solicitar al empleador una constatación presencial.
A
raíz de la publicación de esta normativa, la Sunafil ha informado que al menos
3,200 empresas han retirado su solicitud de suspensión perfecta de labores, de
un total de 8 mil empresas que hasta ese momento habían presentado su petición.
Si se comprueba fraude en el proceso de
solicitud o presentación de información falsa, queda sin efecto la suspensión y
la empresa deberá pagar una multa de hasta 43 mil soles.
Además
de la aplicación de la infracción, el empleador debe devolver las
remuneraciones no pagadas a los trabajadores.
Respecto
a la información que verificará el órgano inspector, éste comprobará:
·
Si las actividades de la empresa
están permitidas o no en el marco del estado de emergencia.
·
La lista de trabajadores que han
pasado a suspensión perfecta.
·
La lista de empleados que tienen
licencia con goce de haber, los que hacen trabajo remoto o los nombres de
aquellos que están calificados en el grupo de riesgo.
· Soportar y especificar el uso de
los fondos que otorgará el Estado por el subsidio de suspensión perfecta de
labores.
En
el caso de que la Sunafil crea necesario sustentar o completar alguna
información, la norma establece un plazo de dos días hábiles, desde el momento
en que el órgano fiscalizador recibe la información.
En
el caso de micro y pequeñas empresas, el lapso que se contempla es de tres días
hábiles y, para las grandes y medianas empresas, entonces el tiempo es de cinco
días hábiles. Todo este tiempo, es para que los empleadores puedan recabar
información y documentos que sustenten su petición. La recomendación de los
especialistas es que antes de hacer el trámite de suspensión perfecta de
labores todos estos papeles ya estén debidamente ordenados y recabados.
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