SUNAT flexibiliza el cumplimiento tributario para el llevado de libros y registros electrónicos

SUNAT flexibiliza el cumplimiento tributario para el llevado de libros y registros electrónicos
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha dispuesto aplicar la facultad discrecional de no sancionar infracciones relacionadas al llevado de libros y registros electrónicos (SIRE), en concreto las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.

Esta medida se ha adoptado con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y disponer medidas que permitan a la Administración mejorar su sistema y a los contribuyentes adaptarse a este.

¿Qué infracciones no serán sancionadas?

Las infracciones que no serán sancionadas son las siguientes:

No llevar los Registros de Compras y Ventas a través del SIRE.
No consignar debidamente la información en el SIRE.
No cumplir el llevado de libros contable o registro sin observar la forma y condiciones.

Cabe precisar que no procede efectuar devolución ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad, efectuados hasta su vigencia.

Esta medida es un beneficio para los contribuyentes que se han visto afectados por las contingencias que se han registrado en el SIRE. Sin embargo, es importante cumplir con la regularización de las infracciones antes de cualquier requerimiento de la Administración Tributaria, a fin de evitar el desconocimiento del crédito fiscal.

En este sentido, el Tribunal Fiscal ha señalado que no resulta procedente el uso del crédito fiscal en el supuesto que el contribuyente no haya cumplido con la presentación electrónica del Registro de Compras (PLE), esto es, la debida anotación de los comprobantes de pago de manera previa a cualquier requerimiento de la Administración.

Por lo tanto, se recomienda a los contribuyentes que hayan incurrido en alguna de las infracciones mencionadas, regularizarlas a la brevedad posible, a fin de evitar posibles contingencias con la Administración Tributaria.



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