La SUNAT posterga la obligación de llevar los Registros de Compras y Ventas a través del SIRE hasta enero de 2024

La SUNAT posterga la obligación de llevar los Registros de Compras y Ventas a través del SIRE hasta enero de 2024
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT, mediante la cual posterga la obligación de llevar los Registros de Compras y Ventas a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).

La Resolución establece que los contribuyentes que, al 30 de setiembre de 2023, se encontraban obligados a llevar los Registros de Compras y Ventas, deberán hacerlo a través del SIRE a partir de los siguientes períodos:

Los sujetos comprendidos en el anexo N° 7 de la Resolución N° 000190-2022/SUNAT: a partir del período julio de 2023.
Los sujetos que, desde el período julio, agosto o setiembre de 2023, hubieran adquirido la obligación de llevar los registros en el SLE-PLE o SLE-Portal: a partir de los períodos julio, agosto o setiembre de 2023, según corresponda.
Los sujetos que, al 30 de setiembre de 2023, se encuentren obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, y no estén comprendidos en los supuestos anteriores: a partir del período octubre de 2023.

Diferenciación entre los contribuyentes


Es importante señalar que la Resolución establece una diferenciación entre los contribuyentes que pertenecen al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o Régimen MYPE Tributario de aquellos que se encuentran en Régimen General.

En el caso de los contribuyentes del RER o MYPE Tributario, la obligación de llevar los Registros de Compras y Ventas a través del SIRE se posterga hasta el período enero de 2024.

Esta medida se justifica en que la Administración Tributaria ha identificado que los contribuyentes del RER o MYPE Tributario emiten volúmenes poco considerables de comprobantes de pago, y por ello, han tenido mayor facilidad para la implementación del sistema SIRE.

Las modificaciones introducidas por la presente resolución entraron en vigencia el 01 de octubre de 2023.

Impacto de la medida


La postergación de la obligación de llevar los Registros de Compras y Ventas a través del SIRE tiene un impacto positivo para los contribuyentes, ya que les brinda un mayor plazo para implementar el sistema.
Este plazo adicional permitirá a los contribuyentes contar con el tiempo necesario para capacitar a su personal, adquirir los equipos necesarios y realizar las pruebas pertinentes para garantizar el correcto funcionamiento del SIRE.
Asimismo, la medida contribuye a reducir la carga administrativa de los contribuyentes, ya que les permite evitar la emisión de los comprobantes de pago en papel.

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