¿Qué es el Impuesto Selectivo al Consumo y sobre qué productos se aplica?

¿Qué es el Impuesto Selectivo al Consumo y sobre qué productos se aplica?
El Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) es un tributo que se paga a la Sunat cuando se compran bienes como bebidas alcohólicas, cigarrillos o combustibles, algunos combustibles están exonerados hasta el 30 de junio del 2022, esto lo puede verificar en el Decreto Supremo N°068-2000-EF.

Asignar un mayor pago de impuesto al comprar estos productos tiene como finalidad desalentar el consumo de éstos, ya que es conocido que generan consecuencias negativas a nivel personal, social y medioambiental.

¿Quiénes deben pagar el ISC?

Productores o empresas que realizan o se relacionan con la venta de este tipo de productos.
Personas que importan estos bienes gravados.
Importadores o empresas que realizan o se relacionan con la venta de estos productos gravados en el país.
Entidades organizadoras y titulares de autorizaciones de juegos de azar y apuestas.

PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACIÓN DE MONTO FIJO


 
PARTIDAS
ARANCELARIAS
 PRODUCTOS
 SOLES
 
2402.20.10.00/
2402.20.20.00
 Cigarrillos de tabaco negro y Cigarrillos de tabaco rubio
 S/ 0,36 por cigarrillo
 2208.20.21.00
 Pisco
 S/ 2,27 por litro

PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO


  BIENES   SISTEMAS
 
Partidas
Arancelarias
 Productos  Grado Alcohólico
 Literal B del Nuevo Apéndice IV – Específico
(Monto Fijo)
 
2204.10.00.00/
2204.29.90.00
2205.10.00.00/
2205.90.00.00
2206.00.00.00
2208.20.22.00/
2208.70.90.00
2208.90.20.00/
2208.90.90.00
 Líquidos alcohólicos Más de 20º S/ 3,63 por litro

¿Cómo calcular el ISC?

Para calcular el ISC debe seguir el siguiente procedimiento: Identifica el bien gravado, determina la base imponible y aplica el impuesto sobre la base.
Ejemplo:

Su un productor de cerveza, cuyo bien gravado es del tipo señalado en la partida arancelaria 2203.20.21.00 del literal B del Nuevo Apéndice IV, vende 500 litros de cerveza, entonces deberá pagar el ISC a razón de S/2.25 por litro vendido, según lo que señala el literal.

500 x S/2.25= S/1,125.00

El productor deberá declarar y pagar S/1,125.00 como concepto de ISC al mes siguiente de efectuada la venta, según el cronograma de vencimiento mensual.


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