¿Qué es la prescripción tributaria?

¿Qué es la prescripción tributaria?

El término prescripción como figura jurídica se refiere a la extinción de la deuda tributaria en el transcurso de un tiempo determinado. Prescripción no es igual a caducidad y es importante tener en cuenta que la legislación tributaria peruana no contempla la caducidad de la deuda.

La prescripción extingue la acción de la Administración Tributaria, en este caso de la SUNAT, para: determinar la obligación tributaria, exigir el pago y aplicar sanciones. En cuanto al contribuyente, la prescripción extingue su tiempo para solicitar la devolución o compensación de lo que pagó de forma indebida o en exceso.

Aunque la Administración Tributaria se encuentre impedida de exigir al contribuyente el pago de la deuda, la prescripción no constituye en sí misma una figura que extinga la obligación tributaria. Solo refiere un límite a la exigibilidad del órgano competente.

Plazo de prescripción

El artículo 43 del Código Tributario establece el plazo de las prescripciones según su naturaleza.

·         En el caso de que el contribuyente haya presentado la Declaración Jurada, la acción de la SUNAT para establecer la deuda tributaria, exigir el pago y aplicar sanciones, prescribirá a los 4 años.

·         En cambio, si el contribuyente no presentó su Declaración Jurada, la deuda prescribirá en un período de 6 años.

·         Si el agente de retención o percepción no ha pagado el tributo retenido o percibido, la acción de cobro prescribe en un lapso de 10 años.

·         En el supuesto de compensaciones o devoluciones, el contribuyente debe estar atento, porque su derecho a exigir dichos pagos se extinguirá en un período de 4 años.

 

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