¿Qué es el DAOT Sunat y qué sujetos están obligados?

¿Qué es el DAOT Sunat y qué sujetos están obligados?
El DAOT (Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Sunat es una declaración que se realiza anualmente y tiene categoría informativa. Año tras año las empresas deben presentar obligatoriamente el DAOT para informar las operaciones realizadas respecto a proveedores y clientes.

Empresas obligadas a presentar DAOT Sunat



1. Que al 31 de diciembre del 2022, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes.

2. Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2022, siempre que: 

2.1.- El monto de sus ventas internas haya superado las 75 UIT.
2.2.- El monto de sus adquisiciones de bienes o servicios o contratos de construcción haya superado las 75 UIT.

3. Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio 2022, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT Planilla Electrónica - PLAME Formulario Virtual N.° 0601 correspondiente al período tributario noviembre del Ejercicio 2022 sea superior a diez (10).  Se entiende  como trabajador, para tal efecto, a los sujetos definidos en el literal v) del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT y normas modificatorias.    



Para el cálculo de las ventas internas considerar:
 Si usted declara a través del Sume las casillas
 PDT 621 IGV Renta Mensual 100+105+109+112+160
 Formulario Virtual 621 100+105+109
 Formulario Virtual N°621 Simplificado IGV – Renta Mensual 100


Para el cálculo de las compras internas considerar



 Si usted declara a través del Sume las casillas
 PDT 621 IGV Renta Mensual 107+110+113+120
 Formulario Virtual 621 107+113+120
 Formulario Virtual N°621 Simplificado IGV – Renta Mensual 107


¿Cómo genero la constancia si no tengo información a declarar?

Ir a la Web de SUNAT
Ingresar a Operaciones Online
Llenar los datos solicitados
Luego ir al menú Mis declaraciones informativas
Ingresar a la opción Constancia de No presentación del DAOT
Así obtendrán la Constancia de No Información que Declarar.

¿Qué operaciones no se declaran en el DAOT?

La exportación de bienes y/o servicios, bajo las normas reguladoras del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
Importación de bienes.
Las operaciones que sean retiros de bienes, conforme a las normas del IGV.
En las operaciones que en no haya la obligación de informar el número de RUC o el número del DNI del adquirente o usuario; solo si los comprobantes de pago tienen esa información.
Las operaciones realizadas en los períodos en que el declarante hubiese tenido el Nuevo RUS.
Las compras informadas a la SUNAT por entidades del Sector Público en base a la obligación bajo el Decreto Supremo N° 027-2001-EF.
Las operaciones informadas a la SUNAT por obligación bajo el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, si fueron informadas las transacciones realizadas en los 12 meses del ejercicio.

Algo a tener en cuenta es que una empresa puede estar obligada a presentar el DAOT Sunat al superar las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, y las operaciones con sus clientes y/o proveedores no sea superior a 2 UIT (S/ 8,400).

Solamente tendrán que informar con la Clave Sol, debiendo generar una «Constancia de no tener información a declarar”.

¿Qué operaciones informar al DAOT?

Se debe incluir en la DAOT, las Operaciones con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad de proveedor o cliente. Se entiende como Operación con Tercero a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor), siempre que ésta sea mayor a dos (2) UIT.

Para el ejercicio 2022 valor de la UIT es de  S/ 4,600
2 UIT del 2022 =  S/  9,200

¿Qué se debe tener en cuenta al momento de la declaración- DAOT?

1. Revisar los montos informados en su PDT DAOT. Si usted es un sujeto del IGV, los montos de los ingresos y gastos informados en su DAOT normalmente no serán superiores a la suma anualizada de sus ventas y compras internas informadas a través de sus declaraciones juradas mensuales de IGV; es por ello que no debe informar en la DAOT, exportaciones, importaciones, servicios prestados por no domiciliados entre otros.

2. Es importante que usted declare correctamente los datos de identificación (número de RUC o del DNI u otro, según corresponda) de sus clientes o proveedores.

3. No se deberá informar en la DAOT los servicios considerados como rentas de cuarta categoría sustentados con Recibos por Honorarios.

4. Algunos de los errores más frecuentes al llenar esta declaración son: 
Incluir ceros adicionales en los montos informados.
Consignar el monto de las importaciones como una transacción realizada con la agencia de aduanas. 
Declarar las operaciones de comercio exterior (exportaciones e importaciones), cuando en la DAOT sólo se informan operaciones internas.

Cronograma de vencimiento DAOT 2022



 Último dígito del RUC Vencimiento Según R:D N° 036-2016/SUNAT
 0 01 de marzo de 2023 1er. día hábil de marzo
 1 02 de marzo de 2023 2do. día hábil de marzo
 2-3 03 de marzo de 2023 3er. día hábil de marzo
 4-5 06 de marzo de 2023 4to. día hábil de marzo
 6-7 07 de marzo de 2023 5to. día hábil de marzo
 8-9 08 de marzo de 2023 6to. día hábil de marzo
 Buenos contribuyentes 09 de marzo de 2023 7mo. día hábil de marzo


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