ABC de Infracciones y sanciones tributarias

ABC de Infracciones y sanciones tributarias
Cuando te encuentras desarrollando actividades empresariales, ya sea como Persona Natural con negocio o como Persona Jurídica (empresa), existe la posibilidad de que, debido a una acción u omisión, no puedas cumplir con alguna de tus obligaciones tributarias. En tales casos, es importante estar consciente de las infracciones tributarias que pueden acarrear sanciones por parte de la SUNAT.

Existen distintos tipos de sanciones que pueden aplicarse en caso de incumplimiento:

Multas: Se trata de sanciones económicas determinadas principalmente en función de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) o de tus ingresos. Además, estas multas están sujetas a reglas de gradualidad, lo que permite la posibilidad de una rebaja.

Comiso de bienes: Esta sanción implica que tus bienes pueden ser retirados de tu posesión y quedan bajo la custodia de la SUNAT hasta que puedas demostrar la propiedad o posesión legítima de los mismos.

Cierre temporal de establecimientos: En este caso, la sanción impide que puedas llevar a cabo actividades comerciales en el establecimiento sancionado durante un período que puede alcanzar hasta diez (10) días calendario.

Internamiento temporal de vehículos: Si incumples con tus obligaciones tributarias, esta sanción afecta la propiedad o posesión de tus vehículos, que serán consignados en almacenes designados por la SUNAT hasta que puedas acreditar su propiedad o posesión. La duración máxima de esta sanción es de treinta (30) días calendario.

Pegado de carteles, sellos y/o letreros: Estas sanciones se utilizan como complemento a las anteriores, y mediante ellas, la SUNAT informa públicamente sobre el incumplimiento de tus obligaciones tributarias.

Criterios utilizados para aplicar las sanciones de multa 

Se basan en los siguientes factores:
UIT (Unidad Impositiva Tributaria): La UIT vigente en la fecha en que se cometió la infracción o, si no es posible determinarla, la que estaba en vigencia al momento de detectarse la infracción.

IN (Ingreso Neto): Esto se define como el Total de Ventas Netas y/o ingresos en un ejercicio anual. Si no se cuenta con la información o si es igual a cero, se aplicará el cuarenta por ciento (40%) de la UIT. En caso de omisión en las declaraciones, se aplicará el ochenta por ciento (80%) de la UIT.
I (Ingreso): Corresponde a cuatro (4) veces el límite máximo de ingresos brutos mensuales para cada categoría del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS). Por ejemplo, si te encuentras en la categoría 1 del Nuevo RUS, donde el límite es S/ 5,000, el valor "I" que se tomará como referencia será de S/ 20,000 (S/ 5,000 x 4).

Es esencial cumplir adecuadamente con tus obligaciones tributarias para evitar estas sanciones y asegurarte de que tu actividad empresarial se desarrolle sin problemas.

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