Sunat: Estas son las fechas límites para la declaración anual de impuestos 2020

Sunat: Estas son las fechas límites para la declaración anual de impuestos 2020
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Sunat, publicó el cronograma con fechas límites para el pago de impuestos 2020. Además, oficializó los formularios y demás disposiciones para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias, como la declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondientes al ejercicio 2020.

Esta actualización de la Sunat también incluye una nueva modalidad para cumplir con las obligaciones tributarias, adaptándose al contexto actual. Se trata de que las personas naturales podrán utilizar el Formulario Virtual 709 y presentarlo a través del portal Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) o declarar desde un smartphone con la app Personas.
Es importante mencionar que solo podrán hacer la declaración a través de la app Personas aquellos contribuyentes con Rentas de Cuarta, Cuarta y Quinta Categoría con saldo a favor del Impuesto a la Renta.

Este decreto, que fue publicado en la Resolución de Superintendencia N° 000229-2020, indica que el Formulario Virtual N° 709 estará disponible en Sunat Virtual y en el app Personas a partir del 15 de febrero del 2021.

¿Quién está obligado a presentar declaración anual?

Personas naturales que:
Hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
Los que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
También deben cumplir con esta obligación las que determinen un saldo por pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.
En el caso de las empresas, esta normativa indica que deberán presentar su Declaración Anual de Renta 2020 mediante el formulario virtual N°710 porque se elimina el uso del PDT 710 Renta Anual Tercera Categoría e ITF.  Este formulario virtual (N°710) estará disponible desde el 2 de enero de 2021. 
Esta obligación tributaria también involucra a los contribuyentes del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario que hubieran generado rentas o pérdidas en el ejercicio 2020. 

Fechas límite 

A continuación, la lista  con las fechas límites para los contribuyentes que presenten su Declaración Anual de Renta 2020:

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