Sunat: Acciones inductivas serán enviadas al expediente electrónico

Sunat: Acciones inductivas serán enviadas al expediente electrónico
En el marco de la contingencia actual, la Sunat anunció que las acciones inductivas se enviarán al expediente electrónico, un nuevo documento que forma parte del Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV).
Las acciones inductivas son actos de control que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para promover el cumplimiento voluntario de los contribuyentes respecto a sus obligaciones tributarias.

Expediente electrónico

A través de este nuevo documento digital, los contribuyentes recibirán esquelas de solicitud de información o de citación para que estos hagan los descargos que correspondan.
Mediante este mecanismo los contribuyentes podrán recibir dos tipos de ácratas inductivas:
Carta inductiva: Documento en el que la Sunat comunica posibles inconsistencias y/u omisiones en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la finalidad de que proceda a regularizar de forma rápida su situación.
Esquela de solicitud de información: En la que se comunican inconsistencias y/u omisiones sobre el cumplimento de sus obligaciones tributarias, pero, además, se solicita que el contribuyente presente o proporcione documentación o información en un plazo establecido por la Sunat.
Cuando en una esquela de citación se solicite la comparecencia del contribuyente para proporcionar información, la exhibición y presentación de documentos o información, la aceptación de la solicitud de cambio de cita posterga la fecha y hora de la cita para el cumplimiento de tales obligaciones.
La primera solicitud de prórroga del plazo para entregar lo solicitado en una esquela de solicitud de información o de cambio de la fecha y/u hora de la cita, no requiere de la sustentación del pedido y se puede presentar a través de una solicitud electrónica, en la mesa de partes de las dependencias de la SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional.

La segunda y siguientes solicitudes, así como toda aquella referida a una esquela reiterativa -inclusive la primera-, solo se puede presentar en la mesa de partes, en los centros de servicios señalados en el párrafo anterior o a través de la MPV-SUNAT y se debe sustentar en razones de caso fortuito o fuerza mayor que imposibilitan el cumplimiento de la obligación respectiva. De ingresarse para tal efecto una solicitud electrónica, esta se considera como no presentada.

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