Solicita la Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría de forma online
La
Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría es un beneficio que otorga el
Estado a los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios y
cuyos ingresos no superan los S/3,135 al mes o S/37,625 el año 2020.
En
el caso de que tus ingresos no sobrepasen los montos antes señalados, entonces,
puedes solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría para evitar
la retención equivalente al 8 % del Impuesto a la Renta que establece la SUNAT cuando emites un recibo por un monto
superior a 1,500 soles.
También
pueden beneficiarse de este proceso las personas que se desempeñan en cargos
directivos, síndico y similares, cuyo ingreso no exceda el monto mensual de
S/2,508 o S/30,100 al año.
Este trámite se puede efectuar en cualquier momento del año,
pero no olvides que sólo está vigente hasta el 31 de diciembre del año que
transcurre.
Debes renovar al día siguiente para evitar la retención del 8
%.
¿Cómo hacer la solicitud online?
1. Ingresa al sistema en Línea de
la Sunat mediante su portal www.sunat.gob.pe con tu RUC y Clave SOL.
2. Inmediatamente selecciona el
menú Personas/Otras Declaraciones/Solicitudes.
3. Después haz clic en Solicito
Suspensión de Retenciones de 4ta categoría/Suspensión de Retención de 4ta
categoría/Formulario 1609.
4. Llena toda la información que
solicitan en el formulario y si todo está en orden, llegara una aprobación de
forma automática a tu correo electrónico.
No olvides que debes presentar este
comprobante a la persona a la que prestas tus servicios con la finalidad de
evitar la retención del impuesto.
Este trámite solo debe realizarse de
forma virtual. La única forma en la que debes presentar documentación de forma
presencial es en el caso de que el sistema de la SUNAT no te permita realizarlo
en línea. En este caso debes consignar la siguiente documentación:
·
Imprimir la prueba de la falla o error del sistema y presentarla con la
solicitud.
·
Preséntala ante el funcionario y espera la constancia de autorización la
cual estará vigente hasta el 31 de diciembre del año en curso.
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