¿Qué es la Renta de Cuarta?

¿Qué es la Renta de Cuarta?

Al momento de tener ingresos por tu trabajo como independiente debes pagar el impuesto a la renta de cuarta categoría.

En este grupo también se encuentran comprendidos los trabajadores del estado con contrato CAS y los directores con sus dietas, consejeros regionales y regidores municipales.

Es importante tener en cuenta que las rentas de cuarta categoría corresponden a servicios prestados por independientes sin relación laboral.

Cálculo mensual del impuesto a la renta de cuarta categoría
Al momento que emitas los recibos de honorarios las empresas te van a retener un importe del 8% del importe total de tu recibo emitido.

Cabe recalcar que no hay retención del impuesto cuando los recibos de honorarios tengan un importe menor a S/ 1,500.00. Normalmente se tiene una mala práctica de dividir el ingreso en montos menores a S/ 1,500.00 pero esto es un raciocinio incorrecto ya que SUNAT tomara como valido la sumatoria del conjunto total de los recibos emitidos a la empresa por un mismo prestador de servicios.

¿Cómo evitar el pago mensual del 8 % en mi recibo de honorarios?

Hay que entender que el pago mensual del 8% es un pago a cuenta del Impuesto anual de renta de cuarta categoría que esto se declara en marzo y abril según el cronograma de vencimientos sunat.

Como contribuyente tienes derecho a solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año no superarán el monto de 7  UIT.

Suspensión de Retenciones

La solicitud puede ser presentada desde el primer día del año ingresando a SUNAT virtual con su clave SOL, procediendo a registrar y enviar el formulario virtual N° 1609 también puedes revisar este artículo Paso a paso para solicitar la suspensión de renta de cuarta categoría.

Con esta suspensión no te podrán retener los recibos de honorarios mayores a S/ 1,500.00 mensuales pero si pasas en el año las 7  UIT en la declaración anual deberás pagar el impuesto.

Declaración Anual de la Renta cuarta categoría

Cada año el fisco emite un cronograma donde las personas están obligadas a realizar la declaración de los impuestos. Al total de tus recibos de honorarios se aplica una deducción del 20% con el límite de 24 UIT luego de esto se aplica una deducción de 7 UIT adicionalmente una deducción de 3 UIT.

Luego la renta neta se le debe aplicar la escala de tasas que te brindamos a continuación.

Hasta 5 UIT               8% 
Más de 5 UIT          14%
Más de 20 UIT        17%
Más de 35 UIT        20%
Más de 45 UIT        30%


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