Conoce los regímenes tributarios en Perú

Conoce los regímenes tributarios en Perú

Al constituir una empresa en Perú, seas Persona Natural o Jurídica, es importante que conozcas los tipos de regímenes tributarios que dispone la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

El  régimen tributario es un mecanismo de control que dispone la forma en la que los contribuyentes deben pagar los impuestos. Éste se determina en función del tipo de negocio y tamaño del mismo.

¿Qué regímenes tributarios existen en el Perú?

En su normativa, la Sunat establece las características de cada régimen, las cuáles radican principalmente en sus límites de ingreso y de compras, el tipo de comprobantes que emiten, tipo de actividad, cantidad de trabajadores, entre otros.

Nuevo Régimen Unificado Simple (NRUS)

Es el indicado para las personas naturales que se proponen iniciar un pequeño negocio. Esta categoría estandariza límites de ingresos y de compras hasta de 96 mil soles anuales u 8 mil soles mensuales. El negocio registrado bajo la categoría de NRUS solo puede emitir boletas de venta y tickets que no dan derecho a crédito fiscal, gasto o costo. Tampoco emite Declaración Jurada Anual, ni se llevan registros contables.

Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER)

Este régimen aplica para personas naturales o jurídicas que tengan domicilio en Perú y cuyas rentas sean de tercera categoría. El RER es más idóneo para las empresas que se dedican a la prestación de servicios. La Sunat establece que el límite de ingresos y de compras anuales de este régimen es de hasta 525 mil soles y no podrá excederse de 10 trabajadores por turno. Las empresas adscritas a este régimen especial están facultadas para emitir facturas, boletas de venta y otros permitidos por el sistema tributario. Del mismo modo, el sistema le exime de emitir Declaración Jurada Anual.

Régimen MYPE Tributario (RMT)

Como su nombre lo indica, está especialmente creado para las micro y pequeñas empresas. Los contribuyentes pueden ser personas naturales o jurídicas y su límite de ingresos netos no deben superar las 1700 UIT en el ejercicio gravable. A diferencia de los regímenes anteriores, el RMT no tiene límites de compra y sí debe realizar la Declaración Jurada Anual. Los inscritos bajo el Régimen MYPE deben pagar mensualmente el impuesto a la renta y el IGV. Pueden emitir facturas, boletas de venta y cualquier comprobante de pago autorizado por la Sunat.

Régimen General (RG)

Este régimen no establece un límite de ingresos de compras al año. Pueden optar por el RG tanto personas naturales como jurídicas. No se disponen límites de ingresos y de compras anuales ni tampoco cantidad de empleados. El Régimen General es el más utilizado en actividades empresariales de gran envergadura (grandes consorcios). Fiscalmente pueden emitir cualquier tipo de comprobante. Tienen la obligación de realizar la Declaración Jurada Anual y también, realizar el pago mensual del Impuesto a la Renta y del IGV.


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