¿Eres trabajador independiente? Así puedes solicitar la suspensión de retenciones de rentas sin salir de casa.

¿Eres trabajador independiente? Así puedes solicitar la suspensión de retenciones de rentas sin salir de casa.
Los trabajadores independientes cuya proyección de ingresos para este 2022 no supere el monto de 40 mil 250 soles y que emita recibos por honorarios profesionales por el ejercicio de su profesión, podrán solicitar la suspensión de retenciones del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría desde la comodidad de su hogar.

El proceso es de pocos minutos y se realiza a través de la página de Sunat Virtual, luego debe ingresar a Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría, ingresar los datos que solicita el formulario N°1609 y listo. La evaluación es automática. Cuando es aprobada puedes enviar la al correo que indiques.

Este trámite se puede realizar en cualquier momento del año y la suspensión será válida a partir del día siguiente de la generación de la solicitud hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. Antes este trámite solo se podía realizar de forma presencial. 

Motivos por el cual rechazan la solicitud

En caso de que tus ingresos superen los S/40,250.00 (trabajadores independientes) o S/32,200.00 (directores de empresas, síndicos, gestores de negocios o albaceas). A veces esto ocurre cuando la Sunat no considera ingresos, saldos a favor, pagos a cuenta o retenciones declaradas o declaraciones juradas originales o rectificatorias. Si esto sucede, vuelve a presentar la solicitud 30 días calendario después de la fecha de rechazo.

Requisitos a tener en cuenta

Clave SOL.
Fecha de primer ingreso por rentas de 4ta categoría.
Monto total de ingresos o proyección de ingresos de 4ta y 5ta categoría, en caso lo tuvieras.
En el supuesto de que acudas de forma presencial a ingresar esta solicitud, debes tener:
Prueba impresa del rechazo de solicitud o falla en el sistema (esta última es una de las causas de rechazo).
Formato virtual de solicitud de suspensión de retenciones o pagos a cuenta se realizará a través de la Clave SOL.
Recuerda que debes enviar la copia de la constancia virtual o física de la suspensión a quien brindas tus servicios, esto con la finalidad de evitar la retención del impuesto del 8%.




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