Conoce el cronograma de vencimiento de la Declaración Jurada Anual 2021, quiénes están obligados a declarar y cómo hacerlo.
Desde el 25 de marzo y hasta el 8 de abril los contribuyentes tienen oportunidad para presentar la Declaración Jurada Anual que corresponde al 2021, así lo establece el cronograma de vencimiento dado a conocer por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
De acuerdo con el último dígito del RUC así queda la presentación de la DJ Anual 2021:
¿Quiénes están obligados a declarar?
Personas naturales que percibieron Renta de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y que al mismo tiempo deducen gastos por concepto de arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles.
Trabajadores independientes, es decir, que perciben Rentas de Cuarta categoría y trabajadores en planilla (Renta de Quinta categoría) y Renta de Fuente Extranjera que tienen un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
Trabajadores que reciben Rentas de Cuarta y/o Quinta categoría que atribuyen gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
Contribuyentes que determinen un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
Los que tengan saldo a favor que correspondan a ejercicios fiscales anteriores y los apliquen contra impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, si corresponde, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta categoría.
Afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta que en el 2021 obtuvieron rentas o pérdidas de Tercera categoría.
Personas o entidades generadoras de rentas de Tercera categoría que realizaron operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más de 15% de sus obligaciones, sin utilizar dinero en efectivo o medios de pagos.
Así se declara el Impuesto a la Renta
Presentando el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual- Simplificado- Tercera Categoría, que aplica para los contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del RTM que en el ejercicio gravable a declarar generarán rentas o pérdidas de Tercera categoría.
Mediante el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual- Completo- Tercera categoría e ITF, para contribuyentes del Régimen General de Impuestos que durante el ejercicio gravable a declarar generarán rentas o pérdidas de Tercera categoría y que:
Sus ingresos netos superan las 1700 UIT.
Gocen de algún beneficio tributario.
Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.
Estén obligados a presentar la Declaración Jurada Anual Informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País.
Están obligados a presentar el Balance de Comprobación.
Pertenecen al sistema financiero.
Hayan presentado el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.
Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.
Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del artículo 37 de la Ley.
Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF, conforme a lo previsto en el inciso g) del artículo 9 de la Ley del ITF.
Hayan celebrado contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes.
+ PALABRAS: 614
Declaración Jurada Anual 2021, SUNAT, Impuesto a la Renta.
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Evita multas ante el vencimiento del cronograma para presentar la Declaración Jurada Anual. Conoce si estás obligado a declarar.
¿Cómo saber si estoy obligado a declarar la Renta Anual 2021?