Reporte Local de SUNAT: quiénes deben presentar esta declaración y cómo cumplir con la obligación tributaria de Precio de transferencia

Las empresas que realizan operaciones con partes vinculadas o transacciones sujetas a las normas de precios de transferencia deben prestar especial atención a una de las obligaciones informativas más importantes de la administración tributaria: la Declaración Jurada Informativa Reporte Local.

Este reporte, exigido por la SUNAT, forma parte de las medidas para garantizar que las operaciones entre empresas relacionadas se efectúen a valores de mercado y que la determinación del Impuesto a la Renta refleje adecuadamente la realidad económica de las transacciones.

¿Qué es el Reporte Local?

El Reporte Local es una declaración jurada informativa mediante la cual determinados contribuyentes presentan información detallada sobre las operaciones realizadas bajo el régimen de precios de transferencia.

Su finalidad es proporcionar a la SUNAT información que permita verificar que las transacciones entre empresas vinculadas o aquellas comprendidas en las normas de precios de transferencia se realizaron respetando el principio de libre competencia, es decir, bajo condiciones similares a las que existirían entre empresas independientes. 

¿Quiénes están obligados a presentar esta declaración?

No todas las empresas deben cumplir con esta obligación. La normativa establece que deben presentar el Reporte Local aquellos contribuyentes cuyos ingresos devengados del ejercicio superen las 2.300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y que, además, hayan realizado operaciones sujetas a las normas de precios de transferencia. 

Dependiendo del monto de dichas operaciones, la información requerida varía:

  • Cuando las operaciones alcanzan al menos 100 UIT y son menores a 400 UIT, debe presentarse la información básica establecida por la SUNAT. 
  • Si las operaciones son iguales o superiores a 400 UIT, la declaración debe incorporar información adicional, incluyendo una descripción más amplia de las operaciones y el análisis de los métodos utilizados para determinar los precios de transferencia. 

Asimismo, existen casos en los que, aun cuando las operaciones sean inferiores a 100 UIT, el contribuyente mantiene la obligación de presentar el reporte, como ocurre cuando se realizan ventas de bienes por debajo de su costo computable en los supuestos previstos por la legislación vigente. 

¿Quiénes están exceptuados?

La normativa también contempla algunas excepciones. Entre ellas se encuentran:

  • Personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que no generan rentas de tercera categoría. 
  • Empresas comprendidas dentro de la actividad empresarial del Estado que cumplen los requisitos establecidos en la legislación correspondiente. 

¿Cómo se presenta el Reporte Local?

La declaración se presenta exclusivamente de forma virtual mediante el Formulario Virtual N.° 3560, disponible en SUNAT Operaciones en Línea.

Para completar el proceso, el contribuyente debe ingresar con su código de usuario y Clave SOL, seleccionar el formulario correspondiente y registrar la información requerida. En los casos que corresponda, también deberá adjuntar archivos en los formatos establecidos por la administración tributaria, siguiendo las especificaciones técnicas previstas en la normativa. 

Importancia de esta obligación

El Reporte Local constituye una herramienta clave dentro del sistema de fiscalización tributaria peruano. Gracias a esta información, la SUNAT puede evaluar si las operaciones entre empresas vinculadas cumplen con las reglas de precios de transferencia y detectar posibles riesgos de erosión de la base imponible o traslado indebido de beneficios.

Para las empresas, presentar información consistente y documentada no solo permite cumplir con la normativa vigente, sino también reducir contingencias durante eventuales procesos de fiscalización.

Plazos de presentación

Los vencimientos del Reporte Local son establecidos cada año por la SUNAT mediante un cronograma que toma como referencia el último dígito del RUC del contribuyente.

Cabe señalar que, para el ejercicio gravable 2025, la administración tributaria aprobó una prórroga excepcional del plazo de presentación con el objetivo de actualizar el Formulario Virtual N.° 3560 conforme a recientes modificaciones normativas. 

Recomendaciones para las empresas

Antes del vencimiento del plazo, resulta recomendable que las empresas:

  • Verifiquen si cumplen los requisitos que generan la obligación de presentar el Reporte Local. 
  • Revisen que la documentación de precios de transferencia esté debidamente sustentada. 
  • Confirmen que la información financiera coincida con la que será consignada en la declaración. 
  • Consulten con especialistas tributarios cuando existan operaciones complejas o dudas sobre la aplicación de la normativa. 

Una adecuada preparación permite reducir errores, cumplir oportunamente con la obligación tributaria y enfrentar con mayor seguridad cualquier revisión por parte de la administración tributaria.

Fuentes: Información oficial de la SUNAT sobre la Declaración Jurada Informativa Reporte Local y la Resolución de Superintendencia N.° 000113-2026/SUNAT. 

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