Los trabajadores que emiten Recibos por Honorarios ¿Tienen derecho a Beneficios Sociales?

 Los trabajadores que emiten Recibos por Honorarios ¿Tienen derecho a Beneficios Sociales?
Las personas que ejercen algún servicio técnico y/o profesional emitiendo recibos por honorarios son en la práctica contratistas, es decir, parte integrante de una relación contractual de carácter civil con la persona que contrata sus servicios y abona su contraprestación. Al tener este carácter jurídico, son libres de la administración de su tiempo y de la forma en que realizan el servicio, no correspondiéndoles los beneficios legales de un trabajador.

Sin embargo, esta relación contractual puede encubrir una verdadera relación laboral, produciéndose la desnaturalización del contrato civil. En ese supuesto, la persona declara ser trabajadora ante el Poder Judicial, correspondiéndole el cálculo de sus beneficios sociales.

Desnaturalización de la relación contractual


Si el trabajador demuestra haber sostenido una relación de subordinación y ejerció una prestación personal a cambio de una remuneración, se considera que la relación contractual de carácter civil ha sido desnaturalizada, y en la práctica, se ha consolidado una relación laboral. En ese sentido, el juez puede declarar la desnaturalización del contrato de carácter civil y la declarar una relación de carácter laboral. Esta declaración tiene efectos retroactivos desde la primera fecha de prestación de servicios y corresponde al trabajador el cálculo de sus beneficios sociales desde aquella fecha bajo el régimen de un contrato a tiempo indeterminado. 

¿Cómo demostrar una relación de subordinación?


El artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo 003-97-TR señala que la subordinación es una situación de jurídica en la que una persona depende de las órdenes de dirección de su empleador, sometiéndose también a las sanciones y medidas disciplinarias que este disponga por incumplimiento de algún deber en la relación laboral. Las personas que emitan recibos por honorarios y que demuestren la existencia de subordinación en su relación contractual pueden demostrar la existencia real de una relación de trabajo.

Para ello es necesario conservar las órdenes del empleador mediante correos, mensajes de texto, whatssap, entre otras formas de comunicación. 


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