Reprograma tus deudas con el Programa de Garantías COVID-19

Reprograma tus deudas con el Programa de Garantías COVID-19
La pandemia afectó en varias medidas el bolsillo de las personas, tal es el caso de aquellas que habían adquirido deudas bancarias y que por la coyuntura económica no han podido honrar tales compromisos.
Enfocados en estos clientes más vulnerables y cuya capacidad de pago se ha visto afectada, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Resolución Ministerial N°296-2020-MEF/15 que da el ejecútese al Programa de Garantías COVID-19.

¿En qué consiste?

El Reglamento Operativo del Programa de Garantías COVID-19 consiste en la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para viviendas, vehiculares y MYPES.
Los usuarios podrán reprogramar sus deudas a menores tasas de interés y también tendrán la posibilidad de congelar sus obligaciones financieras por unos meses. La reducción del costo del crédito original será entre un 15% y 25% y el plazo para cancelar la deuda será de entre 36 meses como máximo y 6 meses como mínimo.

Tipos de créditos

Créditos de consumo y personales: este préstamo en total en el sistema financiero al 31 de agosto del 2020 debe ser no mayor a S/10,000.

Se excluye a personas naturales con negocio que han accedido al programa Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo y FAE-Agro u otro programa similar con garantía del Gobierno Nacional (directa o indirecta) que se cree con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley.

Créditos hipotecarios: el monto de origen de este préstamo para vivienda debe ser no mayor a S/250,000 solo para primera y única vivienda. Están excluidos los créditos del Fondo Mivivienda.

Créditos MYPES: este préstamo en total en el sistema financiero al 31 de agosto de 2020, debe ser no mayor a S/20,000. 

Quedan excluidas las MYPES que hayan accedido al programa Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo y FAE-Agro u otro programa similar con garantía del Gobierno Nacional que se cree con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley.

Créditos vehiculares: el monto de origen del crédito vehicular total debe ser no mayor a S/50,000 en todo el sistema financiero.

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