La Declaración del Beneficiario Final tiene como objetivo prevenir el lavado de activos y la evasión fiscal.
La Declaración del Beneficiario Final (DBF) es un requisito establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en Perú. Esta declaración tiene como objetivo identificar a las personas naturales o jurídicas que ejercen el control final sobre una entidad, ya sea directa o indirectamente.
Proceso de Declaración
Registro de la información: Los sujetos obligados deben registrar la información correspondiente a la entidad que se está declarando, incluyendo identificación, actividad económica y otros datos relevantes. Este registro se realiza a través del portal de la SUNAT.
Identificación del Beneficiario Final: Es necesario identificar al beneficiario final de la entidad, es decir, a la persona o personas naturales que ejerce el control final sobre ella. Esto implica determinar quién posee, directa o indirectamente, más del 10% de las acciones, participantes o derechos de voto de la entidad.
Verificación y validación: La SUNAT realiza un proceso de verificación y validación de la información proporcionada por los contribuyentes. Esto implica contrastar los datos declarados con los registros existentes en otras bases de datos y fuentes de información disponibles.
Presentación de la Declaración: Una vez completados los pasos anteriores, los contribuyentes deben presentar la Declaración del Beneficiario Final a través del sistema informático de la SUNAT. Esta presentación puede ser realizada por el representante legal de la entidad o por un tercero autorizado.
Plazos de presentación
La SUNAT establece plazos específicos para la presentación de la Declaración del Beneficiario Final, los cuáles pueden variar dependiendo del tipo de entidad y de su situación particular. Algunos de los plazos más relevantes son los siguientes:
Entidades constituidas antes del 01 de enero de 2016 deben presentar la DBF el 30 de junio de 2023.
Entidades constituidas después del 01 de enero de 2016 deben presentar la DBF en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.
Actualización Anual: Además de la presentación inicial, los contribuyentes están obligados a actualizar la Declaración del Beneficiario Final anualmente. El plazo para esta actualización es el mes de abril de cada año.
+ PALABRAS: 626
Declaración del Beneficiario Final, Sunat, declaración jurada informativa.
| COPY PARA COMPARTIR ARTÍCULO EN FACEBOOK |
Atención contribuyentes de Perú. Conoce la Declaración del Beneficiario Final y sigue los pasos que te mencionamos en el artículo para cumplir con esta obligación tributaria.
#DeclaracióndelBeneficiariofinal
#Perú
#Sunat
Plazos para la Declaración del Beneficiario Final