La Sunat ha establecido una norma que permite a los contribuyentes de cuarta y quinta categoría solicitar la Suspensión de Retenciones. Conoce todos los detalles aquí.
Los trabajadores independientes que generen rentas de cuarta categoría y emiten recibo por honorarios no estarán obligados, bajo algunas condiciones, a efectuar la retención del 8% del Impuesto a la Renta por montos mayores a los S/ 1,500 mensuales.
Según lo establecido por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Sunat, los contribuyentes de rentas de cuarta categoría podrán solicitar la Suspensión de Retenciones si no superan los S/ 3,208 al mes y los S/ 38,500 al año. Esta nueva norma también aplica para quienes proyecten sus ingresos por rentas de cuarta y quinta categoría.
Asimismo, los profesionales que desempeñen sus funciones como directores de empresas, mandatarios, gestores de negocio o síndicos; que no superen los S/ 2,567.00 mensuales o S/30,800.00 anuales quedan exceptuados de dicho Impuesto a la Renta.
Al no cumplir con las condiciones y superar los montos establecidos, el contribuyente debe presentar la declaración mensual al emitir recibo por honorarios y efectuar el pago del 8%. De lo contrario, será multado o penalizado por el mismo organismo.
Solicitud online
La solicitud de la Suspensión de Retenciones se puede realizar en línea ingresando al portal de la Sunat con la Clave SOL y llenando el formulario virtual N° 1609. Con esta información se confirman los datos y el trámite se hace de manera automática.
Una vez realizada la solicitud, se imprime la “Constancia de Autorización” que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2021.
Nuevos montos
La Resolución de la Superintendencia N° 225-2020/Sunat establece que los nuevos montos son debido al incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de S/ 4,300.00 (2020) a S/4,400.00 (2021).
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Sunat, Declaración de impuestos, Rentas de cuarta y quinta categoría
Los trabajadores independientes que cumplan con las nuevas condiciones establecidas por la Sunat, podrán solicitar la Suspensión de Retenciones. Conoce todos los detalles en el siguiente artículo.
Contribuyentes de cuarta y quinta categoría podrían solicitar la Suspensión de Retenciones si no exceden los nuevos montos establecidos por la Sunat. Conoce todos los detalles en el siguiente artículo.