Estos son los requisitos que debe presentar una madre lactante o tutor en caso de querer optar por el subsidio de lactancia.
Las madres de un recién nacido vivo de un asegurado titular regular o agrario, tiene derecho a recibir el subsidio por lactancia que otorga EsSalud y que tiene como objetivo ofrecer una ayuda económica mientras la mujer contribuye con el cuidado del recién nacido.
El pago único de subsidio por lactancia es de S/820, pero en el caso de parto múltiple, la ayuda se otorga por cada niño. La solicitud de este beneficio debe hacerse en un plazo de 98 días más 6 meses que se cuentan desde la fecha de nacimiento del menor. Si es parto múltiple se adicionan 30 días de plazo.
Sobre las condiciones
La condición para cobrar el subsidio por lactancia materna es que el asegurado (a) titular debe tener el derecho de cobertura y estar trabajando al momento del nacimiento del niño (a) y éste debe estar registrado en el RENIEC.
En el caso de los asegurados regulares, se deben contar con tres meses consecutivos de aportes o cuatro no consecutivos, todo esto dentro de los seis meses calendario al mes de parto.
Para los asegurados agrarios, deben tener tres meses consecutivos de aportes o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses anteriores al mes de parto.
Requisitos para cobrar el subsidio por lactancia
Llenar el Formulario N°1040. No olvide completar todos los datos solicitados y colocar la firma del asegurado.
Documento de Identidad del asegurado. Este será exigido al momento de hacer el trámite.
En caso de que un tercero realice la solicitud, llevar su DNI, carta poder simple donde se exprese la representación para tramitar la solicitud y una copia del DNI del titular.
Si la madre del lactante es menor de edad o soltera, el subsidio se paga a través del padre, madre o tutor, en cuyo caso debe presentar copia y original del documento que lo acredita como padre, madre o tutor. Si hay ausencia de estas tres personas, entonces se pagará el subsidio al asegurado.
Si la madre es declarad incapaz, se requiere de la sentencia judicial que acredite a su curador, quien recibirá el subsidio.
Si la madre del recién nacido falleció, el padre o tutor de presentar la partida o acta original de defunción de la madre y el documento que acredite la tutela del menor.
Si el menor está en estado de abandono, se debe presentar un documento que acredite la tutela del lactante.
Una vez ingresado todos los requisitos y la entidad los haya verificado, podrás consultar AQUI si eres beneficiaria.
Preguntas frecuentes sobre el subsidio por lactancia sin papeles
¿El pago del Subsidio por Lactancia sin Papeles, procede en todos los Hospitales de EsSalud?
Solo procede en los Hospitales que cuentan con el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea. Caso contrario, deben realizar su trámite en las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas de ESSALUD.
¿Las aseguradas que dieron a luz en clínicas particulares realizarán el trámite de manera normal, a solicitud de parte?
No, el pago del Subsidio por Lactancia sin Papeles también aplica a los hospitales de MINSA, Clínicas Particulares y hospitales de las Fuerzas Armadas que cuenten con el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea.
¿Es necesaria la presentación del Formulario 1010 en el Banco, para el pago del Subsidio por Lactancia sin Papeles?
No es necesario. Se ha coordinado con el Banco para que reitere a sus Oficinas que no exijan el Formulario 1010.
¿Es necesaria la firma de un abogado, para la presentación de los recursos de apelación?
No. De acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (art. 122º) no es requisito la firma de abogado en los recursos administrativos.
¿Si el pago de subsidio, ya cuenta con fecha de programación de pago, según lo informado por ESSALUD, porqué en los bancos, indican que no figura el depósito?
Estos casos solo se pueden presentar, cuando el Jefe de la OSPE, realice el control posterior y determine que no corresponde el pago.
¿En caso que demore el trámite, que debo hacer, en qué oficina puedo presentar mi reclamo?
Las consultas sobre el pago de Lactancia de Oficio, se pueden realizar al correo subsidios@essalud.gob.pe
En la web http://portal.essalud.gob.pe/index.php/category/gestantes/ las gestantes pueden obtener información de interés sobre el proceso de gestión y/o lactancia: etapas de crecimiento del bebé, prevención, vida saludable, mente y emociones y primeros auxilios. EsSalud busca promover estilos de vida sanos para la mamá y el bebé.
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Lactancia materna, subsidio por lactancia, EsSalud
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El subsidio por lactancia es de S/820 y se duplica en caso de parto múltiple.
EsSalud: ABC del subsidio por lactancia materna