El DAOT (Declaración Anual de Operaciones con Terceros) Sunat es una declaración que se realiza anualmente y tiene categoría informativa. Año tras año las empresas deben presentar obligatoriamente el DAOT para informar las operaciones realizadas respecto a proveedores y clientes.
Empresas obligadas a presentar DAOT Sunat
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Que al 31 de diciembre del 2022, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes.
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Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2022, siempre que:
2.1.- El monto de sus ventas internas haya superado las 75 UIT.
2.2.- El monto de sus adquisiciones de bienes o servicios o contratos de construcción haya superado las 75 UIT.
- Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio 2022, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT Planilla Electrónica - PLAME Formulario Virtual N.° 0601 correspondiente al período tributario noviembre del Ejercicio 2022 sea superior a diez (10). Se entiende como trabajador, para tal efecto, a los sujetos definidos en el literal v) del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT y normas modificatorias.
¿Cómo genero la constancia si no tengo información a declarar?
• Ir a la Web de SUNAT
• Ingresar a Operaciones Online
• Llenar los datos solicitados
• Luego ir al menú Mis declaraciones informativas
• Ingresar a la opción Constancia de No presentación del DAOT
• Así obtendrán la Constancia de No Información que Declarar.
¿Qué operaciones no se declaran en el DAOT?
• La exportación de bienes y/o servicios, bajo las normas reguladoras del Impuesto General a las Ventas (IGV).
• Utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
• Importación de bienes.
• Las operaciones que sean retiros de bienes, conforme a las normas del IGV.
• En las operaciones que en no haya la obligación de informar el número de RUC o el número del DNI del adquirente o usuario; solo si los comprobantes de pago tienen esa información.
• Las operaciones realizadas en los períodos en que el declarante hubiese tenido el Nuevo RUS.
• Las compras informadas a la SUNAT por entidades del Sector Público en base a la obligación bajo el Decreto Supremo N° 027-2001-EF.
• Las operaciones informadas a la SUNAT por obligación bajo el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, si fueron informadas las transacciones realizadas en los 12 meses del ejercicio.
Algo a tener en cuenta es que una empresa puede estar obligada a presentar el DAOT Sunat al superar las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, y las operaciones con sus clientes y/o proveedores no sea superior a 2 UIT (S/ 8,400).
• Solamente tendrán que informar con la Clave Sol, debiendo generar una «Constancia de no tener información a declarar”.
¿Qué operaciones informar al DAOT?
Se debe incluir en la DAOT, las Operaciones con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad de proveedor o cliente. Se entiende como Operación con Tercero a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor), siempre que ésta sea mayor a dos (2) UIT.
Para el ejercicio 2022 valor de la UIT es de S/ 4,600
2 UIT del 2022 = S/ 9,200
¿Qué se debe tener en cuenta al momento de la declaración- DAOT?
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Revisar los montos informados en su PDT DAOT. Si usted es un sujeto del IGV, los montos de los ingresos y gastos informados en su DAOT normalmente no serán superiores a la suma anualizada de sus ventas y compras internas informadas a través de sus declaraciones juradas mensuales de IGV; es por ello que no debe informar en la DAOT, exportaciones, importaciones, servicios prestados por no domiciliados entre otros.
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Es importante que usted declare correctamente los datos de identificación (número de RUC o del DNI u otro, según corresponda) de sus clientes o proveedores.
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No se deberá informar en la DAOT los servicios considerados como rentas de cuarta categoría sustentados con Recibos por Honorarios.
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Algunos de los errores más frecuentes al llenar esta declaración son:
• Incluir ceros adicionales en los montos informados.
• Consignar el monto de las importaciones como una transacción realizada con la agencia de aduanas.
• Declarar las operaciones de comercio exterior (exportaciones e importaciones), cuando en la DAOT sólo se informan operaciones internas.
Cronograma de vencimiento DAOT 2022
Último dígito del RUC Vencimiento Según R:D N° 036-2016/SUNAT
0 01 de marzo de 2023 1er. día hábil de marzo
1 02 de marzo de 2023 2do. día hábil de marzo
2 y 3 03 de marzo de 2023 3er. día hábil de marzo
4 y 5 06 de marzo de 2023 4to. día hábil de marzo
6 y 7 07 de marzo de 2023 5to. día hábil de marzo
8 y 9 08 de marzo de 2023 6to. día hábil de marzo
Buenos contribuyentes 09 de marzo de 2023 7mo. día hábil de marzo
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