La Declaración del Beneficiario Final (DBF) es un requisito establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en Perú. Esta declaración tiene como objetivo identificar a las personas naturales o jurídicas que ejercen el control final sobre una entidad, ya sea directa o indirectamente.
Proceso de Declaración
1. Registro de la información: Los sujetos obligados deben registrar la información correspondiente a la entidad que se está declarando, incluyendo identificación, actividad económica y otros datos relevantes. Este registro se realiza a través del portal de la SUNAT.
2. Identificación del Beneficiario Final: Es necesario identificar al beneficiario final de la entidad, es decir, a la persona o personas naturales que ejerce el control final sobre ella. Esto implica determinar quién posee, directa o indirectamente, más del 10% de las acciones, participantes o derechos de voto de la entidad.
3. Verificación y validación: La SUNAT realiza un proceso de verificación y validación de la información proporcionada por los contribuyentes. Esto implica contrastar los datos declarados con los registros existentes en otras bases de datos y fuentes de información disponibles.
4. Presentación de la Declaración: Una vez completados los pasos anteriores, los contribuyentes deben presentar la Declaración del Beneficiario Final a través del sistema informático de la SUNAT. Esta presentación puede ser realizada por el representante legal de la entidad o por un tercero autorizado.
Plazos de presentación
La SUNAT establece plazos específicos para la presentación de la Declaración del Beneficiario Final, los cuáles pueden variar dependiendo del tipo de entidad y de su situación particular. Algunos de los plazos más relevantes son los siguientes:
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Entidades constituidas antes del 01 de enero de 2016 deben presentar la DBF el 30 de junio de 2023.
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Entidades constituidas después del 01 de enero de 2016 deben presentar la DBF en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.
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Actualización Anual: Además de la presentación inicial, los contribuyentes están obligados a actualizar la Declaración del Beneficiario Final anualmente. El plazo para esta actualización es el mes de abril de cada año.
Tabla de vencimiento para la presentación de la declaración informativa de Beneficiario Final
Tramo I: Personas jurídicas que declararon ingresos netos de más de 1000 UIT respecto del ejercicio 2021.
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
Período Tributario 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
Mayo 2022 15 de junio 16 de junio 17 de junio 20 de junio 21 de junio 22 de junio
Buenos contribuyentes y UESP
23 de junio
Tabla de vencimiento para la presentación de la declaración informativa de Beneficiario Final
Tramo I: Personas jurídicas que declararon ingresos netos de más de 500 UIT respecto del ejercicio 2021.
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
Período Tributario 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7
Mayo 2022 15 de septiembre 16 de septiembre 19 de septiembre 20 de septiembre 21 de septiembre
8 y 9
22 de septiembre
Buenos contribuyentes y UESP
28 de septiembre
Tabla de vencimiento para la presentación de la declaración informativa de Beneficiario Final
Tramo I: Personas jurídicas que declararon ingresos netos de más de 300 UIT respecto del ejercicio 2022.
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC
Período Tributario 0 1 2 y 3
Mayo 2022 11° día hábil de junio de 2023 12° día hábil de junio de 2023 13° día hábil de junio de 2023
4 y 5 6 y 7 8 y 9
14° día hábil de junio de 2023 15° día hábil de junio de 2023 16° día hábil de junio de 2023
Buenos contribuyentes y UESP
17° día hábil de junio de 2023
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