Calculadora Gratificación por periodo
Calcula la gratificación por periodo de cada trabajador según su sueldo, tiempo laborado, régimen laboral y beneficios aplicables en planilla.

Calculadora
Gratificación por periodo
Acceso registrado
Calcula tu gratificación de Fiestas Patrias (Julio) o Navidad (Diciembre) con la bonificación extraordinaria 9% / 6.75%. Ley 27735.
Gratificación de Julio (Fiestas Patrias): Pago hasta el 15 de julio por el período enero–junio del año actual.
A Datos del trabajador
S/
S/
Período computable: 01/01/2026 → 30/06/2026
Verifica las fechas
Microempresa REMYPE no tiene derecho a gratificación
Según D.Leg. 1086, los trabajadores de microempresa registrada en REMYPE están excluidos de las gratificaciones de Ley 27735.
Según D.Leg. 1086, los trabajadores de microempresa registrada en REMYPE están excluidos de las gratificaciones de Ley 27735.
Sin derecho a la gratificación
Se requiere mínimo 1 mes completo de servicios en el semestre.
Se requiere mínimo 1 mes completo de servicios en el semestre.
Detalle del cálculo
Calculado
Meses computables
4 meses
Rem. computable
S/ 1,500.00
Factor régimen
50%
Total a recibir
S/ 545.00
Remuneración computable
Sueldo mensualS/ 1,500.00
Asignación familiarS/ 0.00
Total remuneración computableS/ 1,500.00
Cálculo de la gratificación
Rem. computable ÷ 6 × mesesS/ 1,000.00
× Factor régimen× 50%
GratificaciónS/ 500.00
Bonificación extraordinaria (Ley 29351)
Bonificación EsSalud 9%S/ 45.00
La bonificación NO está afecta a AFP/ONP ni a impuesto a la renta.
Gratificación Julio 2026
Pequeña Empresa · A pagar antes del 15 Jul 2026
S/ 545.00
Base legal: Ley 27735, D.S. 005-2002-TR (reglamento), Ley 29351 prorrogada (bonificación extraordinaria). Plazos: 15 julio y 15 diciembre. El incumplimiento genera intereses legales y multas SUNAFIL.
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