La suspensión perfecta de labores es una medida reglamentada en el Decreto de Urgencia N°038-2020 que ha sido aprobado por el Ejecutivo Nacional en medio del estado de emergencia con el fin de garantizar los derechos de los trabajadores y velar porque estos continúen cobrando su salario mensual en medio de la pandemia.
Esta medida da facultad a las empresas privadas (pequeñas, medianas y grandes) para que puedan cesar la actividad del trabajador en cuanto a su obligación de seguir ejerciendo sus funciones dentro de la organización y al empleador de pagar la remuneración que le corresponde, con una diferencia, no se extinguirá la relación laboral.
Por un período de tres meses, el trabajador recibirá el pago correspondiente a S/760, mismo que asume el Estado peruano por medio de EsSalud. Una vez terminada la emergencia sanitaria decretada a nivel nacional, la suspensión perfecta de labores no podrá exceder de 30 días calendario.
La emergencia sanitaria fue reglamentada en el Decreto Supremo N° 008-2020. Esta se establece por un período de noventa días calendario y se contemplan una serie de medidas y acciones de prevención y control del COVID-19.
Beneficios para el trabajador
La suspensión perfecta de labores no es, bajo ninguna circunstancia, una norma que vulnera los derechos de los trabajadores. Al contrario, en el marco del estado de emergencia, el Gobierno ha blindado esta figura para garantizar que se cumplan los derechos fundamentales de los empleados de empresas privadas.
En este sentido, se respeta la libertad sindical, está prohibido el trato discriminatorio, se protegen los derechos de la mujer embarazada, de las personas diagnosticadas con COVID-19, de los ciudadanos con discapacidad, de aquellas que están en un grupo de riesgo por edad o por tener algún factor clínico según lo estipulado en las normas sanitarias.
Durante el tiempo de duración de la suspensión perfecta de labores, el trabajador bajo esta condición podrá cobrar de forma mensual el equivalente a su remuneración mensual de la CTS. Dicho pago debe hacerse efectivo dos días después de que éste haya realizado la solicitud del depósito.
En la norma también se establece que el trabajador que no tenga saldo en su cuenta de CTS, puede solicitar a su empleador un adelanto en el pago de la CTS correspondiente a mayo de 2020 y también de su gratificación de julio del mismo año. Estos pagos deben ser pagados en un plazo de cinco días después de realizada su petición.
En el caso de que el trabajador tenga una remuneración de hasta S/2,400 y pertenezca al régimen laboral de una micro empresa (Remype), podrá acceder a la Prestación Económica de Protección Social de Emergencia que le otorga un ingreso de S/760 mensuales por un período de tres meses. Este pago se hará efectivo diez días después del vencimiento de cada mes.
En el caso de que los trabajadores hayan alcanzado durante el plazo de la suspensión perfecta de labores sus aportes necesarios para acceder al derecho del pago de una pensión en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), éste puede solicitar a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) que se le reconozca de forma excepcional hasta tres meses de aportes.
Durante la suspensión perfecta de labores el trabajador de igual forma continúa teniendo acceso a las prestaciones de salud del Seguro Social de Salud.
¿Qué dice el reglamento?
Las empresas que quieran aplicar a la suspensión perfecta de labores deben comprobar que sus trabajadores no pueden realizar el trabajo remoto o que no pueden aplicar la licencia con goce de haber.
Recientemente la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) hizo público el protocolo que implementará para verificar la información y los documentos que presentan las empresas para adherirse a la suspensión perfecta de labores.
En caso de que Sunafil comprobara que hay falsedad en la solicitud, aplicarían multas de entre S/21,500 y S/43 mil. Pero, además, el Gobierno suspende el pago de remuneraciones a los trabajadores en un lapso de 48 horas y, el empleador debe reintegrar las remuneraciones no pagadas a los trabajadores.
Al inicio de la publicación de esta normativa, más de 8 mil empresas realizaron su respectiva solicitud. No obstante, después de la publicación del protocolo, publicado en el Decreto Supremo N° 011-2020-TR, se pudo conocer que 3,200 procedieron de forma inmediata a retirar su petición de aplicar a la suspensión perfeta de labores.
¿Cómo registrar tu empresa?
Es importante que ante de considerar aplicar a esta medida puedas asesorarte con expertos calificados que te guíen hacia una decisión segura. No hacerlo implicaría la aplicación de sanciones y multas que agravarían la estabilidad económica de tu empresa.
Para dar inicio al registro debes ingresar al siguiente enlace Clic aquí y dar inicio al proceso. El sistema solicita el número de RUC, usuario y contraseña de la empresa. Debes validar un código captcha para iniciar sesión.
Posteriormente, visualizarás la información de la empresa y dos opciones de casilleros:
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Procedimiento, aquí debes seleccionar Suspensión Perfecta de Labores.
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Dependencias, da clic en la opción Supra Regional si es que tus trabajadores prestan sus servicios en más de una región o Regional si solo trabajan en una sola región.
En el paso siguiente debes ingresar la lista de los trabajadores de la empresa. Puedes realizar esta carga de forma individual o masiva. Solo tienes un máximo de 100 trabajadores en el proceso de carga y pasa al siguiente proceso.
Finalmente, verás una ventana de confirmación de tu registro de solicitud. Das clic en enviar y tienes la alternativa de enviarte un correo de constancia de este trámite. Recuerda estar seguro de este procedimiento para evitar sanciones y perjuicios.
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